BASES LEGALES DEL SORTEO

“Recetas de verano”

(en adelante, las Bases)

1. EMPRESA ORGANIZADORA Y OBJETO DEL CONCURSO A través del presente SORTEO (en adelante, el “SORTEO”), CONSORCIO ESPAÑOL CONSERVERO, S.A., (en adelante GRUPO CONSORCIO), con domicilio social en la Calle de Eguilior, nº 1 de Santoña (Cantabria) y NIF A-39001755, organiza una acción dirigida a los seguidores/as de sus perfiles en Instagram y Facebook de Grupo Consorcio (en adelante, la “Marca”).

2. ÁMBITO TERRITORIAL Y CARÁCTER DEL CONCURSO El SORTEO se desarrollará en el territorio español (Península y Baleares) y tendrá carácter voluntario. La promoción se desarrollará en el perfil de Instagram (@grupo_consorcio) y de Facebook (GrupoConsorcio) de GRUPO CONSORCIO. El SORTEO se comunicará a través de Instagram y Facebook (en adelante, las “Redes Sociales”). Cualquier posible gasto de conexión a Internet que fuera necesario para participar en el Concurso correrá a cargo de los participantes (en adelante, lo/s “Participante/s”). La participación en el Concurso queda excluida para proveedores y empleados (y sus familiares) de Grupo Consorcio y empresas vinculadas empresarialmente con ella.

3. FECHAS DE COMIENZO Y TERMINACIÓN DE LOS SORTEOS

El periodo de duración del sorteo se inicia el día 16 de agosto de 2025 y concluirá el día 18 de agosto de 2025 a las 23.59 h. Grupo Consorcio se reserva el derecho a modificar tanto la fecha de comienzo como la de terminación del Concurso, sin que esto suponga un perjuicio para los Participantes.

4. MODO DE PARTICIPAR EN EL CONCURSO

Para poder participar en el concurso a través de Instagram hay que cumplir las siguientes condiciones:

1º: Ser mayor de edad y residir legalmente en España (Península y Baleares)

2º: Seguir la cuenta oficial de Grupo Consorcio en Instagram (https://www.instagram.com/grupo_consorcio/)

3º: Mencionar en comentarios con quién compartirías este pack y tu receta favorita del verano con conservas.

4º: Opcional: Si se comparte la publicación en historias de Instagram el participante tiene más posibilidades de ganar.

5º Se considerarán nulas aquellas participaciones que se hayan realizado posteriormente a las fechas indicadas, así como las que no incluyan las características y requisitos solicitados.

Para poder participar en el concurso a través de Facebook hay que cumplir las siguientes condiciones:

1º: Ser mayor de edad y residir legalmente en España (Península y Baleares)

2º: Seguir la cuenta oficial de Grupo Consorcio en Facebook (https://www.facebook.com/GrupoConsorcio)

3º: Mencionar en comentarios con quién compartirías este pack y tu receta favorita del verano con conservas.

4º: Opcional: Si se comparte la publicación en historias de Facebook el participante tiene más posibilidades de ganar.

5º Se considerarán nulas aquellas participaciones que se hayan realizado posteriormente a las fechas indicadas, así como las que no incluyan las características y requisitos solicitados.

IMPORTANTE:

A) Al participar en este SORTEO, los Participantes aseguran que son los titulares de los datos que proporcionen en el momento de realizar su registro (dirección de email, etc.), siendo los únicos responsables de dicho cumplimiento, exonerando por ello a Grupo Consorcio. Queda terminantemente prohibido la utilización de datos de terceras personas.

B) Grupo Consorcio no tiene asociación con las Redes Sociales ni éstas tiene responsabilidad alguna sobre las presentes Bases. Las Redes Sociales ni patrocinan ni avalan ni administran, de modo alguno, este SORTEO ni están asociadas a él. Cada Participante es consciente de que está proporcionando su información a Grupo Consorcio.

C) Aquellos Participantes que incumplan alguna de las condiciones contempladas en las Bases, no podrán tomar parte en el sorteo.

5. PREMIOS Y DETERMINACIÓN DE LOS GANADORES Y COMUNICACIÓN

5.1. PREMIO

1) El PREMIO del sorteo consiste en 2 LOTES DE PRODUCTOS GOURMET "CONSORCIO", valorado cada uno de ellos en 86 €. Se sorteará 1 lote por cada red, es decir, uno en Instagram y otro en Facebook.

El Premio no es reembolsable ni transferible, ni se ofrece ninguna alternativa en metálico.

En el supuesto de que el ganador no pueda disfrutar del Premio no dará lugar a que Grupo Consorcio: (i) cambie las fechas de disfrute del Premio; ni (ii) a la entrega de un nuevo Premio o alternativa al mismo. De tal forma que el ganador perderá la condición de ganador y pasará al ganador suplente.

5.2. DETERMINACIÓN DEL GANADOR Y COMUNICACIÓN

1) A través de la herramienta AppSorteos, se realizará dos sorteos para determinar a los 2 ganadores, uno para Instagram y otro para Facebook.

II) Una vez efectuado cada sorteo, Grupo Consorcio se pondrá en contacto con los Participantes informándoles de su condición de ganador. Una vez que el ganador haya sido contactado por Grupo Consorcio, éste tendrá un plazo de tres días naturales para aceptar o rechazar el Premio, transcurrido dicho plazo sin que se haya producido la aceptación o rechazo del Premio se entenderá, sin más trámites ni notificación, que el ganador lo ha rechazado, asignándose al primer suplente conforme a lo dispuesto en las presentes Bases, que tendrá tres días para aceptar o rechazar el Premio, y, así sucesivamente, hasta obtener la aceptación o agotar todos los suplentes, en cuyo caso el sorteo se declarará desierto.

5.3. COMUNICACIÓN DE LOS GANADORES

El ganador será comunicado el 20 de agosto de 2025. Grupo Consorcio procederá a publicar el ganador y/o la ganadora a través de mención en el propio post del sorteo en la cuenta oficial de Instagram y/o Facebook de Grupo Consorcio.

Una vez publicados los ganadores, estos deberán contactar con Grupo Consorcio a través de un mensaje privado.

6. FISCALIDAD

De conformidad con la normativa fiscal de aplicación, se informa a los Participantes que el Premio está sujeto a retención e ingreso a cuenta del IRPF, al tipo que resulte de aplicación según la normativa vigente. Asimismo, se informa al Participante que resulte ganador que deberá confirmar, antes de la entrega del Premio, sus datos personales, así como mostrar una copia de su DNI o NIE que le identifique.

7. MODIFICACIÓN DE LAS BASES

Grupo Consorcio se reserva el derecho a realizar modificaciones – incluyendo la cancelación o suspensión anticipada del SORTEO - y/o añadir anexos sucesivos sobre estas Bases por motivos de causa justa o fuerza mayor, técnicos, operativos, comerciales o de audiencia, publicando siempre estas modificaciones y/o anexos en www.tiendaconsorcio.com.

Grupo Consorcio se reserva el derecho a efectuar cambios que redunden en el buen funcionamiento del SORTEO cuando concurra causa justa o motivos de fuerza mayor que impidan llevarla a término en la forma en que recoge las presentes Bases. Grupo Consorcio se reserva la facultad de interpretar las presentes Bases.

8. RESPONSABILIDAD

Los Participantes responderán personalmente de los daños y perjuicios de cualquier naturaleza e índole causados a Grupo Consorcio y/o a sus sociedades vinculadas y/o a otros Participantes o a cualquier tercero por el incumplimiento de las presentes Bases.

Grupo Consorcio, así como sus proveedores, subcontratistas, colaboradores, agentes o distribuidores, quedan exonerados de cualquier responsabilidad por los daños de cualquier tipo que puedan sufrir los Participantes por cualquier acción u omisión no imputable a Grupo Consorcio durante la duración de la Promoción, con los límites establecidos en la normativa aplicable.

Grupo Consorcio no será responsable en ningún caso de los fallos, errores y retraso en la recepción de los premios fundados en errores de los ganadores, de manera enunciativa pero no limitativa, facilitar dirección de correo electrónico incorrecto, etc.

En ningún caso Grupo Consorcio será responsable de los fallos de conexión a Internet tanto en el acceso de los Participantes como en el envío de respuestas; de la falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento de las páginas web; del uso ilícito, mal uso y de la defraudación de la utilidad que los Concursantes hubieren podido atribuir al Sorteo.

Grupo Consorcio se reserva el derecho a efectuar cambios que redunden en el buen funcionamiento del Sorteo cuando concurra causa justa o motivos de fuerza mayor que impidan llevarlo a término en la forma en que recogen las presentes Bases. Grupo Consorcio se reserva el derecho a aplazar o ampliar el período del Concurso, así como la facultad de interpretar las presentes Bases.

9.- DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

En el supuesto de contactar con Grupo Consorcio a través de cualquier medio y facilitar algún dato de carácter personal, Grupo Consorcio los tratará de forma confidencial y los recopilará en un fichero automatizado, siendo la empresa CONSORCIO ESPAÑOL CONSERVERO, S.A. titular y responsable de dicho fichero, en la Calle de Eguilior, nº 1 de Santoña (Cantabria) y NIF A-39001755. Cuya finalidad será: “Gestionar la relación entre los Participantes del Concurso y CONSORCIO ESPAÑOL CONSERVERO, S.A. incluyendo la comunicación con los Participantes para atender sus solicitudes y la comunicación a los ganadores de su premio, así como la publicación de las respuestas en Redes Sociales y en cualquier otro medio que GRUPO CONSORCIO estime oportuno.

Grupo Consorcio garantiza el cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Los titulares de los datos podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición remitiendo un escrito, acompañado de fotocopia de DNI, a GRUPO CONSORCIO, S.A., Calle de Eguilior, nº 1 de Santoña (Cantabria).

Al participar en la presente Promoción los Participantes consienten y autorizan el eventual tratamiento de sus datos de acuerdo con lo antes mencionado y aceptan los términos y condiciones de las presentes Bases.

10.- AUTORIZACIÓN PARA LA UTILIZACIÓN DE LA IMAGEN Y NOMBRE DE LOS GANADORES

De conformidad con la Ley Orgánica 1/1982 y la Ley Orgánica 15/1999, los ganadores autorizan expresamente a CONSORCIO ESPAÑOL CONSERVERO, S.A. a utilizar publicitariamente su nombre, apellidos e imagen en los medios de comunicación y redes sociales relacionados con el presente Concurso, sin derecho a percibir contraprestación económica alguna.

La participación en el SORTEO supone la cesión gratuita a Grupo Consorcio de todos los derechos de uso, distribución y publicación de las fotografías de los ganadores, pudiendo llevar a cabo su alteración, transformación o modificación sin que dé lugar a indemnización alguna.

Por el hecho de participar en el SORTEO los Participantes autorizan de forma libre, expresa y gratuita a Grupo Consorcio y/o a sus sociedades vinculadas para que puedan utilizar, si así lo desean, el contenido publicado en las Redes Sociales.

11.- TITULARIDAD DEL CONCURSO

Por su participación en el presente Concurso, los Participantes y ganadores se comprometen y garantizan frente a Grupo Consorcio que no utilizarán ni copiarán parte del contenido o del diseño del presente Concurso. Los contenidos son propiedad de Grupo Consorcio y están protegidos por las leyes vigentes en materia de propiedad industrial e intelectual. No podrán utilizarse sin el consentimiento expreso, escrito y previo de Grupo Consorcio.

Grupo Consorcio se reserva el derecho de solicitar la retirada inmediata de cualquier enlace o contenido en relación con el presente Concurso que infrinja lo estipulado en las presentes Bases, reservándose el derecho de reclamar por los daños y perjuicios ocasionados.

12.- MODIFICACIONES DE LAS BASES

Grupo Consorcio se reserva el derecho a realizar modificaciones –incluyendo la cancelación o suspensión anticipada del Concurso– y/o a añadir anexos sucesivos sobre estas Bases por motivos técnicos, operativos, comerciales o de audiencia, publicando siempre estas modificaciones y/o anexos en la Red Social.

13.- DATOS DE CONTACTO

Para la resolución de cualquier duda sobre la administración del Concurso o la gestión de datos, sírvase dirigirse por E-mail a informacion@grupoconsorcio.com

15.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES

La simple participación en los SORTEOS implica la aceptación sin límites de las presentes Bases y la sumisión expresa a las decisiones interpretativas de Grupo Consorcio. La manifestación de no aceptación implicará la exclusión del Participante.

En Santoña, a 16 de agosto de 2025